Pautas Generales: Resolución del CONES que reglamenta la transición a la presencialidad

El Consejo de Gobierno General de la Universidad Católica «Nuestra Señora de la Asunción» a través de la Resolución N° 161/nv/2021 de fecha 17 de noviembre de 2021, dispuso las pautas generales para la aplicación e implementación de la Resolución CE-CONES N° 109/2021, que reglamenta los sistemas de transición a la presencialidad en el marco de las normativas dictadas dentro del estado de emergencia sanitaria COVID-19, en la Universidad Católica «Nuestra Señora de la Asunción».

ANEXO I – Resolución No. 161nv/2021

Pautas Generales para la aplicación e implementación de la Resolución CE-CONES N°109/2021, que
reglamenta los sistemas de transición a la presencialidad en el marco de las normativas dictadas dentro del estado de emergencia sanitaria COVID-19, en las Unidades Académica de la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”
El Consejo de Gobierno General de la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción” establece las
siguientes pautas generales para la aplicación e implementación de la Resolución CE-CONES N°109/2021 bajo los siguientes términos:
●  Todas las disposiciones establecidas serán de cumplimiento obligatorio y podrán ser modificadas con
base en las disposiciones de autoridades nacionales, tanto del Ministerio de Salud Pública y Bienestar
Social, del Consejo Nacional de Educación Superior u otros, así como del Consejo de Gobierno General
de la Universidad Católica Nuestra Señora de la Asunción.

● Se deberá observar el protocolo sanitario vigente en todo momento, siendo el cumplimiento íntegro del mismo, responsabilidad de las autoridades de la Unidad Académica (Director de Campus/Unidad
Pedagógica, Decanos, Directores Académicos y de Carreras).

Disposiciones Generales

1. Las clases se desarrollarán en modo virtual, salvo aquellas actividades que requieran presencialidad según las características propias de las asignaturas (actividades prácticas con o sin laboratorios, exámenes, parciales, trabajo de campo, visitas, corrección de tareas u otras).

2. No se realizarán actividades del modo híbrido, entendiéndose el mismo como un grupo de estudiantes en forma presencial y otro en forma virtual.

3. Los Directores de Campus o Directores de Unidades Pedagógicas deberán elevar, debidamente
completadas en formato PDF y firmadas en cada hoja, la planilla que se adjunta a la Resolución CE- CONES N°109/2021, con fecha tope hasta el lunes 6 de diciembre del presente año. Para tal efecto el
Director del Campus deberá remitir, con su parecer favorable, a la Secretaría General de la Universidad
(secretaria.general@uc.edu.py; mesa.de.entrada.rectorado@uc.edu.py), la Resolución del Consejo de
Facultad que establece la modalidad implementada para cada carrera; para las Unidades Pedagógicas esta resolución se tomará en el Consejo de la Unidad Pedagógica.

4. Los exámenes finales correspondientes al primer semestre del año 2022 se desarrollarán en forma
presencial. La Unidad Académica podrá modificar esta situación dando cumplimiento al artículo 3 de la
Resolución CE-CONES N°109/2021¹. La aprobación y comunicación a la Secretaría General deberá
realizarse del modo establecido en el ítem 4 y con 40 (cuarenta) días de anticipación al inicio de la primera oportunidad de exámenes finales. Todos los exámenes finales de una asignatura deberán evaluarse con la misma modalidad.

¹Artículo 3°. Las Instituciones de Educación Superior deberán comunicar al Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), el sistema a ser aplicado hasta el día 21 de diciembre de 2021, indicando los detalles en cada caso para cada oferta académica de la institución. En igual sentido, las Instituciones de Educación Superior deberán comunicar efectivamente a los estudiantes las asignaturas presenciales y las que requieran herramientas digitales de enseñanza aprendizaje. Una vez optado por uno de los mecanismos citados en el artículo anterior, no podrá alterarse sino hasta la finalización del primer semestre del año 2022 (30 de junio de 2022) o con previo aviso a los usuarios del sistema de educación superior y al Consejo Nacional de Educación Superior (CONES) con al menos 30 días de anticipación.


De: UC Itapúa
Fecha: 2021-11-19