1.- PRESTAMOS
Tendrán derecho a préstamos de materiales (libros, revistas, folletos, etc.) los profesores, estudiantes de la UCI, previa obtención del carnet de Biblioteca.
REQUISITOS:
• Presentación del carnet de lector
• Retirar los materiales personalmente
• No estar contemplando en ninguan de las sanciones que impone este reglamento
• No superar el número de libros a los cuals tiene derecho el lector, dos por vez.
• Estar al día con el pago de Derecho de Biblioteca.
LIMITE DE PRESTAMOS
El tiempo de duración del préstamo es:
• 2 (dos) días: Curso Probatorio de Ingreso
• 2 (dos) días: Textos y otros libros de la colección general. Los mismos pueden ser renovados al vencimiento de la fecha de préstamo.
• 15 (quince) días: Novelas
• Las enciclopedias y Diccionarios: como así también los libros, folletos y revistas de autores nacionales de ediciones agotadas, no salen de la Biblioteca en calidad de préstamo.
2.- RETRASO EN LA DEVOLUCION
Los libros u otros materiales deben ser devueltos a la Biblioteca en la fecha marcada en la tarjeta de préstamo. En caso contrario, se seguirán los siguientes pasos:
a) Reclamo personal por teléfono; notificación escrita.
En caso de la no devolución, serán enviados los nombres de los lectores morosos a la Administración Central, donde serán retenidas las solicitudes referentes a matrículas, derechos de examen, legalización, etc. Hasta tanto sean devueltos los materiales prestados.
b) Se cobrarán Gs. 1.500 ( un mil quinientos) por cada día de atraso en concepto de multa.
c) El lector que reincida en dos oportunidades en mora de la devolución del material, quedará suspendido para el préstamo domiciliario por el resto del año.
3.- LIBROS EXTRAVIADOS O DETERIORADOS
En caso de extravío del material prestado, deberá ser devuelto otro similar, o abonarse el importe del costo actual de la Obra. Dicha pérdida, será comunicado de inmediato a los encargados de la biblioteca, caso contrario, será recargado con el importe de la Multa.
Si el libro es devuelto en estado deteriorado, el usuario deberá pagar el importe de la encuadernación. O en su defecto, la reparación del mismo.
4.- OBSERVACIONES
a) El carnet es personal, y su renovación será realizada cada año con el pago del derecho a biblioteca.
b) El lector, que a pesar de reiterados reclamos, no devolviera el material prestado, quedará suspendido en el servicio regular de préstamo a domicilio.
c) Al estudiante del curso probatorio de ingreso se le entregará un carnet provisorio, hasta tanto quede acreditado como Alumno Regular el 2do curso.
d) No se otorgará ningún préstamo, sin la presentación del carnet de lector.
e) No está permitido marcar o señalar las páginas de los libros.
5.- USO DE INTERNET
Tendrán derecho al uso de este servicio, solamente los socios de la biblioteca, y al cual se le dará exclusivamente uso para fines didácticos.